medio ambiente
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Delimitación de los Lugares de Interés Geológico (LIG) de Aragón, que son aquellas superficies con presencia de recursos geológicos de valor natural, científico, cultural, educativo o recreativo, ya sean formaciones rocosas, estructuras, acumulaciones sedimentarias, formas, paisajes, yacimientos paleontológicos o minerales. El conjunto de datos incluye: - los "Puntos de Interés Geológico", aquellos LIG que, no siendo yacimientos paleontológicos, presenten una extensión igual o inferior a cincuenta hectáreas; - y las "Áreas de Interés Geológico", LIG, que no siendo yacimientos paleontológicos, presenten una extensión superior a cincuenta hectáreas. http://www.boa.aragon.es/cgi-bin/EBOA/BRSCGI?CMD=VEROBJ&MLKOB=879288021515
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Ejes de las vías pecuarias o cabañeras según categorías (cañada, cordel, vereda o colada) en los municipios de Aragón. Las vías pecuarias o cabañeras son las rutas o itinerarios por donde discurre o ha venido discurriendo tradicionalmente el tránsito ganadero.
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Enclavados en los montes de la Comunidad Autónoma de Aragón. Fincas o montes enclavados en un monte público o colindantes con él.
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Piquetes que delimitan los montes públicos deslindados de la Comunidad Autónoma de Aragón. Tal y como establece la Ley 15/2006 de Montes de Aragón, el deslinde es el acto administrativo por el que se delimita el monte de titularidad pública y se declara con carácter definitivo su estado posesorio, a reserva de lo que pudiera resultar de un juicio declarativo de la propiedad. En el apeo se colocan hitos o mojones provisionales (piquetes) realizando el correspondiente levantamiento topográfico.
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Mojones que delimitan los montes públicos deslindados de la Comunidad Autónoma de Aragón. Una vez firme en vía administrativa la orden resolutoria del deslinde, se procede al amojonamiento definitivo. Consiste en marcar sobre el terreno, con carácter permanente, los límites definidos en el deslinde mediante hitos o mojones.
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Consorcios y Convenios de Repoblación Forestal en la Comunidad Autónoma de Aragón, suscritos entre la Administración Forestal y los propietarios de montes...
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Montes gestionados por el Departamento de Agricultura, Ganadería y Medio Ambiente de la Comunidad Autónoma de Aragón. La cobertura recoge los montes catalogados de Utilidad Pública y los no catalogados. A los efectos del Decreto Legislativo 1/2017, de 20 de junio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Montes de Aragón.), son montes los terrenos sobre los que vegetan, de forma espontánea o mediante siembra o plantación, especies forestales arbóreas, arbustivas, de matorral o herbáceas que cumplan o puedan cumplir funciones protectoras, ambientales, económicas, culturales, recreativas o paisajísticas.